La Generalidad Valenciana está facultada para vigilar y custodiar
sus edificios e instalaciones.
Existirá un cuerpo único de Policía Autónoma
de la Comunidad Valenciana que estará regulado por Ley de las
Cortes Valencianas, de acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica
prevista en el artículo 149,29 de la Constitución.